La Ilustración | El Siglo de las Luces y la Enciclopedia


En este episodio de la serie dedicada a la Historia de 4º de ESO se detallan las características del Iluminismo. Para ello centramos nuestra atención en las obras de Monstesquieu, Voltaire y Rousseau, así como en la Enciclopedia. En definitiva, este vídeo resume todo lo que debes saber sobre el Siglo de las Luces.

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[DESCUBRE] EN ESTE VÍDEO:

  • ¿Qué es el despotismo y sus características?
  • ¿Qué características tenía el despotismo ilustrado?
  • ¿Qué es despotismo en filosofía?
  • ¿Qué cambios se producen en el despotismo ilustrado?
  • ¿Qué fue el despotismo ilustrado y quiénes sus principales representantes?
  • ¿Cuál fue el origen y los principales representantes del movimiento ilustrado?
  • ¿Cuáles son las principales ideas de la Ilustración?
  • ¿Qué son las ideas ilustradas en historia?
  • ¿Quién escribió la Enciclopedia de la Ilustración?
  • ¿Cuántos autores tiene la Enciclopedia?
  • ¿Cuál es la historia de la Enciclopedia?
  • ¿Cómo se publicó la Enciclopedia?
  • ¿Quién fue el promotor de la Enciclopedia?
  • ¿Cuáles fueron los representantes del enciclopedismo?
  • ¿Cuál es la función de la enciclopedia y sus características?
  • ¿Dónde se publicó la Enciclopedia?
  • ¿Qué personajes participaron en la Ilustración y Enciclopedia?
  • ¿Dónde está la Enciclopedia de Diderot?
  • ¿Cuáles son los filósofos de la Ilustración?
  • ¿Qué es el Siglo de las Luces?
  • ¿Cuáles fueron las características del Siglo de las Luces?
  • ¿Qué defendió el Siglo de las Luces?
  • ¿Qué ideas defienden los ilustrados franceses?
  • ¿Cómo influyeron las ideas de la Ilustración en la Revolución Francesa?
  • ¿Cuál fue el aporte de Voltaire?
  • ¿Qué ideas defendía Voltaire?
  • ¿Cuál era la filosofía de Voltaire?
  • ¿Quién fue Montesquieu y cuál fue su aporte?
  • ¿Qué hizo Montesquieu en la Ilustración?
  • ¿Cómo influyo el pensamiento de Montesquieu en la Ilustración y la filosofía?
  • ¿Quién influenció a Montesquieu?
  • ¿Qué influencia tuvo el pensamiento de Montesquieu en el siglo XVIII?
  • ¿Cuál es el pensamiento político de Montesquieu?
  • ¿Cuál fue el aporte de Jean Jacques Rousseau?
  • ¿Cuál es el pensamiento ilustrado de Rousseau?
  • ¿Cuál fue el aporte de Rousseau en la Revolución Francesa?
  • ¿Qué establece la teoría del contrato social de Rousseau?
  • ¿Cuál es el pensamiento político de Rousseau?
  • ¿Qué dijo Rousseau en El contrato social?
  • ¿Cuál es la idea principal del contrato social?
  • ¿Quién habla del contrato social?

[ESTRUCTURA] DEL VÍDEO:

  • 0:00. Introducción.
  • 0:24. ¿Qué es la Ilustración y cuáles son sus características?
  • 1:48. ¿Qué es la razón en la Ilustración?
  • 2:09. ¿Qué es el progreso en la ilustración?
  • 2:34. ¿Qué significa para los ilustrados la felicidad?
  • 3:12. ¿Qué es el antropocentrismo en la Ilustración?
  • 3:37. ¿Qué significa la tolerancia para los ilustrados?
  • 3:57. ¿Cuáles fueron las principales ideas de la Ilustración y sus representantes?
  • 4:29. ¿Cuál es la idea principal de Montesquieu?
  • 5:48. ¿Quién fue Voltaire y cuáles fueron sus aportes?
  • 6:24. ¿Cuáles son las ideas principales de Rousseau?
  • 7:07. ¿Cómo se difunde el pensamiento ilustrado?
  • 8:11. ¿Cuál fue la primera Enciclopedia?
  • 8:45. ¿Cuántos tomos tiene la Enciclopedia de la Ilustración?

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia Contemporánea; Javier Paredes – Ariel.
  2. Las clases privilegiadas en el Antiguo Régimen; Antonio Domínguez Ortiz – Akal.
  3. Historia 4º de ESO – Santillana.
  4. Historia del Mundo Contemporáneo – Oxford.

[APRENDE] AÚN MÁS:

🔴 ¿Qué es el Antiguo Régimen?
🔴 ¿Qué fue la Revolución inglesa?
🔴 ¿Qué fue la Guerra de Sucesión española?

[DIAPOSITIVAS] DEL VÍDEO:

El Antiguo Régimen


CON EL FIN DE FACILITAR LA COMPRESIÓN DE LOS VÍDEOS, HE DECIDIDO PROPORCIONAR A MI ALUMNADO LA TRANSCRIPCIÓN DEL CONTENIDO. ESTO NO SUPONE, EN NINGÚN CASO, EL ABANDONO DE LA VÍA AUDIOVISUAL, Y MUCHO MENOS QUE DEJE DE CONTROLAR LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO A TRAVÉS DE EDPUZZLE. SIMPLEMENTE ES UN APOYO MÁS CON EL QUE ESPERO MEJORAR EL PROCESO DE APRENDIZAJE. ADEMÁS, ACOMPAÑO EL TEXTO DE ENLACES A MATERIALES RELACIONADOS CON LA EXPLICACIÓN QUE, EN MUCHOS CASOS, SON OTROS DE LOS VÍDEOS DE LA ASIGNATURA.

La expresión Antiguo Régimen la acuñaron los revolucionarios franceses de finales del siglo XVIII para denominar al sistema político, económico y social propio de la Edad Moderna. Si bien, en su etapa final, experimentó una serie de transformaciones que llevaron a su destrucción.

POLÍTICA: LA MONARQUÍA ABSOLUTA

El régimen político preponderante en esta etapa fue la monarquía absoluta, que en algunos países de Europa adoptó la fórmula que conocemos con el nombre de “Despotismo Ilustrado”.

Más información: La monarquía absoluta (3:00).

SOCIEDAD: LOS ESTAMENTOS

La sociedad era de carácter estamental y jerarquizada. Ahora bien, la importancia social de la burguesía no dejó de aumentar, lo que se tradujo en una mayor influencia política y económica.

Más información: La sociedad estamental: nobleza y clero (3:49) y La sociedad estamental: el tercer estado (2:34).

ECONOMÍA PREINDUSTRIAL

Por su parte, la economía era de base agraria, aunque en el algunos países se introdujeron nuevas técnicas para aumentar la productividad. Además, el comercio cobró una mayor importancia, al tiempo que la población crecía como consecuencia de las mejoras en materia de alimentación, medicina e higiene.

En lo que se refiere a política económica, los Estados se regían por la doctrina mercantilista. Si bien, a partir del siglo XVIII fue desplazada, en primer término, por la fisiocracia y, más adelante, por el liberalismo.

Más información: La economía preindustrial (3:53), El Régimen Demográfico Antiguo (2:46) y Las nuevas teorías económicas (2:31).

LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

Ahora bien, tanto las revoluciones inglesas del XVII como las ideas ilustradas del XVIII, pusieron en cuestión las bases de este sistema. Con el tiempo todo eso condujo a un fenómeno que conocemos como “la crisis del Antiguo Régimen”.

Más información: Las revoluciones inglesas del XVII: primera parte (8:44), Las revoluciones inglesas: segunda parte (4:55), El pensamiento político de John Locke (5:20), Los fundamentos de la Ilustración (2:40) y Los ilustrados y sus obras (2:36).

La organización política del mundo


VÍDEOS DE CARÁCTER OBLIGATORIO


El Estado
Tipos de Estados
Estados centralizados y descentralizados
La cooperación entre Estados
Los conflictos entre Estados
La Unión Europea

#EstoEsGeografía. El Estado


Clase pensada para alumnos de 3º de ESO dentro de una experiencia de flipped learning. En este vídeo se aborda la definición del Estado y sus funciones. Esta información se complementa con una serie de vídeos dedicados al sistema de relaciones internacionales, la estructura del Estado español, y el proceso de formación y las instituciones Unión Europea.

Explica el proceso de elaboración y aprobación de la Constitución de 1978, y sus características esenciales


NONAGÉSIMO SEXTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

Con el fin de elaborar un borrador de la nueva constitución, las Cortes salidas de las elecciones del 15 de junio de 1977 nombraron una ponencia de siete miembros que representaba a los distintos grupos parlamentarios. Formaban parte de ella tres miembros de la UCD (Miguel Herrero de Miñón, José Pedro Pérez Llorca y Gabriel Cisneros), un socialista (Gregorio Peces Barba), un comunista (Jordi Solé Tura), un nacionalista catalán (Miquel Roca Junyent) y un diputado de Alianza Popular (Manuel Fraga).

El proceso de elaboración, que duró un total de dieciséis meses, no fue sencillo. Mientras que la UCD y Alianza Popular querían un texto breve y con referencias a las declaraciones internacionales aceptadas por la ONU, el PSOE y el PCE querían que quedaran reflejados, con detalle, los derechos y libertades políticas y sociales del individuo. En su confección, también primo el deseo, por parte de todos, de redactar un texto suficientemente abierto para que pudiera adaptarse a la ideología de cualquier partido democrático que llegara a gobernar. De esta manera, se pretendía evitar episodios del pasado reciente de España en el que los cambios en el poder habían conducido a enmiendas, reformas e, incluso, a la elaboración de una nueva constitución.

Finalmente, el consenso entre las distintas fuerzas políticas permitió terminar los trabajos y presentar el texto definitivo en julio de 1978. Posteriormente, en una sesión conjunta, el Congreso de los Diputados y el Senado aprobaron la Constitución en el mes de octubre. El referéndum del 6 de diciembre fue el episodio definitivo para la aprobación de la nueva carta magna, que obtuvo un respaldo del 87.7% de los votantes. La Constitución fue refrendada por el Rey el 27 de diciembre, entrando en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El texto, formado por ciento sesenta y nueve artículos, recogía las características esenciales de las democracias occidentales. El articulado del Título Preliminar definía a España como un “Estado democrático de Derecho”, y posteriormente se definía la forma política como una monarquía parlamentaria. En su artículo segundo se fundamentaba en la “indisoluble unidad de la Nación española”, al tiempo que se reconocía el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran; aspecto concretado en el Título VIII. También se establecía la separación e independencia de los tres poderes fundamentales del Estado y se garantiza en sus distintos artículos los derechos humanos y las libertades.

ESTRUCTURA DEL VÍDEO:

  • 0:30. Las Cortes Constituyentes y la Ponencia Constitucional.
  • 1:54. La aprobación de la Constitución Española.
  • 2:34. La estructura de la Constitución Española.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia de España 2 – Editorial Anaya.
  2. Historia de España – Editorial Vicens Vives.
  3. Historia de España Contemporánea; José Luis Comellas – Rialp.

DIAPOSITIVAS DEL VÍDEO:

Especifica las características esenciales de la Constitución de 1931


OCTOGÉSIMO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

El proyecto constitucional de 1931 fue el resultado de un compromiso entre socialistas y republicanos de izquierdas para establecer una república democrática y no confesional. Recogía una amplia declaración de derechos y libertades, como el sufragio femenino, el establecimiento del matrimonio civil y el divorcio, así como el derecho a una educación primaria obligatoria, laica y gratuita. Y, si bien se respetaba la propiedad privada, se asumía el principio de que la riqueza del país quedaba subordinada a los intereses generales.

El texto constitucional consagraba la separación entre Iglesia y Estado –de hecho esta dejaba de recibir financiación pública- y establecía una marcada división de poderes. Las Cortes tenían una única cámara, el Congreso de los Diputados, con una amplia capacidad legislativa y de control al gobierno. Por su parte, la Jefatura del Estado se atribuyó al presidente de la República, mientras que la Justicia se basaba en la independencia profesional de los tribunales.

Por último, es importante señalar que se reconocía el derecho de algunas provincias a conformar un régimen de autonomía que debía configurarse y regularse por medio de la aprobación de estatutos.

ESTRUCTURA DEL VÍDEO:

  • 0:16. Los derechos y libertades de la Constitución de 1931.
  • 0:52. La separación Iglesia-Estado y la división de poderes.
  • 1:19. La política territorial: los estatutos de autonomía.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia de España 2 – Editorial Anaya.
  2. Historia de España – Editorial Vicens Vives.
  3. Historia de España Contemporánea; José Luis Comellas – Rialp.

DIAPOSITIVAS DEL VÍDEO:

Compara el Estatuto Real de 1834 y las Constituciones de 1837 y 1845


CUADRAGÉSIMO QUINTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

El Estatuto Real no era una constitución propiamente dicha, sino una Carta Otorgada; es decir, un texto legal fruto de la concesión del monarca, no del ejercicio de la soberanía nacional. El texto planteaba la convocatoria de Cortes con dos Cámaras, de Próceres y de Procuradores. A su vez, la Corona no renunciaba a la soberanía, por los que los representantes solo podían legislar a propuesta del monarca, que era quien las convocaba. El sufragio era censitario y muy minoritario, y no hay mención en el Estatuto a los derechos de los ciudadanos.

La Constitución de 1837 era de carácter progresista y recuperaba algunos aspectos de 1812. Ahora bien, con ella se buscaba el consenso entre las dos corrientes liberales: progresistas y moderados. La soberanía se atribuía conjuntamente a las Cortes y al rey, y el parlamento se dividió en dos cámaras: Congreso de los Diputados y Senado. Además, el sufragio censitario siguió siendo minoritario, quedando limitado a los grandes contribuyentes. En ella se recoge también una declaración de derechos y contempla la creación de la Milicia Nacional.

La Constitución de 1845 se basaba en un liberalismo más conservador, cuyos principales rasgos eran el establecimiento de una soberanía compartida entre la reina y las Cortes, un sufragio censitario muy reducido y la supresión de la Milicia Nacional. Además, el Senado pasó a ser enteramente elegido por designación real entre las oligarquías, el Ejecutivo quedó en manos de la reina y el legislativo, como se ha indicado, compartido entre las Cortes y el monarca. Por último, es necesario señalar la existencia de una declaración de derechos que, sin embargo, no aparecen desarrollados en el texto.

ESTRUCTURA DEL VÍDEO:

  • 0:26. El Estatuto Real de 1834.
  • 1:02. La Constitución de 1837.
  • 1:41. La Constitución de 1845.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia de España 2 – Editorial Anaya.
  2. Historia de España – Editorial Vicens Vives.
  3. Las constituciones españolas. Textos completos; Servando Gotor – Lecturas Hispánicas.

DIAPOSITIVAS DEL VÍDEO:

La ideología liberal y el nacionalismo


Después de la derrota de Napoleón en 1815, las potencias absolutistas pretendieron restaurar en Europa el sistema anterior a la Revolución Francesa. El símbolo de esa política fue, sin lugar a dudas, el Congreso de Viena. Ahora bien, tanto los liberales como buena parte de los defensores de la ideología nacionalista se opusieron a esas medidas, protagonizando las oleadas revolucionarias de 1820, 1830 y 1848. En este vídeo se explican los principales rasgos del liberalismo y del nacionalismo. A esa clase hemos de añadir seis más: el Congreso de Viena y la Restauración, las las oleadas revolucionarias, el origen del nacionalismo italiano, su proceso de unificación, la situación de Alemania a mediados del  XIX y su constitución como estado. Además, teniendo en cuenta la coincidencia cronológica, se incluyen también varios vídeos sobre la independencia de Hispanoamérica: las causas del proceso, los movimientos precursores, las primeras insurrecciones y la emancipación definitiva.

 

El pensamiento político de John Locke


El sistema del Antiguo Régimen comenzó a resquebrajarse en Inglaterra a lo largo del siglo XVII. Dos revoluciones políticas, con la ejecución de un rey incluida, pusieron al Parlamento al frente del país: había nacido el liberalismo político. Este vídeo está dedicado a la persona y obra de uno de los principales teóricos de este cambio, John Locke. Las restantes clases abordan los movimientos antiabsolutistas de mediados de siglo y la llamada “Revolución Gloriosa” de 1688.

 

Francia bajo el consulado de Napoleón Bonaparte


A lo largo de toda la etapa revolucionaria, Francia vio ampliadas notablemente sus fronteras. De esta manera, ya antes del 18 de brumario, su expansión había alcanzado Bélgica, Renania, Saboya, Niza, Ginebra y numerosas repúblicas dependientes de reciente creación. Sin duda, este aumento de su mercado terrestre, contribuyó al desarrollo económico francés.

El principal mérito de Napoleón fue el establecimiento de una dirección única en el rumbo político francés, muy fragmentado e inestable durante los periodos anteriores de la Revolución. La consecuencia principal de esto fue, sencillamente, el logro de la estabilidad política y social de la nación, que favoreció su recuperación económica y su posterior expansión militar.

Además, hay que destacar que estas conquistas favorecieron enormemente la difusión de los principios revolucionarios por todo el continente.

En lo que se refiere a la figura de Bonaparte, es necesario señalar, en primer lugar, su genial habilidad para todo lo relativo a la guerra y la política. Además, nos encontramos ante un personaje ambicioso y con un enorme deseo de poder, que se fue acrecentando según se sucedían sus triunfos.

Por último, hay que destacar también su carácter contradictorio, que le llevó en numerosas ocasiones a variar sus planes o a tomar decisiones radicalmente opuestas en diversos campos.

La organización política del Consulado (1799-1802)

La forma de gobierno surgida tras el golpe de estado del 18 de brumario establecía un gobierno colegiado compuesto por tres cónsules y cuatro asambleas: Tribunado, Senado, Consejo de Estado y Cuerpo Legislativo. Sin embargo, de hecho, el poder recaía casi exclusivamente en la figura de Napoleón.

Desde agosto de 1800 hasta mayo de 1803, Napoleón impulsó desde París un intenso programa de reformas con el fin de erradicar la anarquía del suelo francés. Con este propósito, el 15 de diciembre de 1800 se aprobó la Constitución del año VIII, que, aunque recogía los principios esenciales de la Revolución, ponía fin a la República democrática.

Desde ese momento, todo dependía del primer cónsul; se mantenía la separación de poderes, pero los tres eran fácilmente manipulables por el mismo individuo.

La obra legislativa de época napoleónica arrancó en el año 1800 con la redacción del Código Civil, que fue renovado con las ampliaciones de 1804 y 1807. También destacan, ya de época imperial, el Código de Comercio (1806), el Derecho Procesal (1807), la Instrucción Criminal (1808) y el Código Penal (1810).

Napoleón logró mantener el orden interno y consolidó su autoridad mediante una eficaz policía secreta, y a través de una política centralizadora y restrictiva, que dejaba escasas competencias a las autoridades de los distintos departamentos. Esta centralización también afectó a la educación, campo en el que planificó y reguló un sistema bastante avanzado para la época, dentro del cual distinguió tres grandes bloques: educación primaria, secundaria y universitaria.

En lo referente a la política económica, hay que destacar que, aunque fiel a la doctrina liberal, el gobierno bonapartista se caracterizó por poseer un carácter proteccionista muy marcado. En líneas generales lo que buscaba Napoleón era sacar a la nación de la bancarrota en que llevaba sumida desde tiempos de Luis XVI.

Con este fin, fomentó el desarrollo agrícola, el progreso de la industria, y mejoró el comercio interior mediante una eficaz red viaria. También se perfeccionaron los métodos de contabilidad y de la recaudación de impuestos; y para organizar las finanzas se fundaron el Banco de Francia, el Tribunal de Cuentas y el de Casación.

La política exterior del Primer Cónsul

La política exterior francesa de finales de 1799 giró en torno a las propuestas de paz hechas por Napoleón a Gran Bretaña y Austria. Sin embargo, ante la negativa por parte de ambas potencias de negociar la paz, los franceses no tuvieron más remedio que continuar la guerra.

El primer objetivo de la política militar napoleónica fue Austria. Para derrotarla, Bonaparte abrió dos grandes frentes, uno en Alemania y otro en Italia. Finalmente, las victorias francesas de Marengo y Hohenlinden obligaron a los Habsburgo a pedir la paz, que se firmó en febrero de 1801 en Luneville.

Este tratado franco-austríaco consolidó las conquistas francesas en el Continente, siendo reconocidas por Austria, y fortaleció el dominio napoleónico sobre Italia.

Con Gran Bretaña, sumida en dos grandes crisis, una de carácter político y la otra de tipo económico, se firmó la paz de Amiens (marzo 1802). En virtud de este acuerdo, Francia se comprometía a devolver Egipto a Turquía y, mientras que los británicos reconocían las conquistas francesas en el Continente.

El Consulado vitalicio (1802-1804)

El imparable crecimiento de la popularidad del Primer Cónsul, fruto de los éxitos cosechados -restablecimiento del orden interno, reorganización del Estado, paz religiosa y exterior-, propicio que en 1802 fuera proclamado por el Senado cónsul vitalicio.

Los primeros momentos del nuevo consulado se caracterizaron por su continuidad con respecto a la etapa anterior. Sin embargo, en ese mismo año, se promulgó la Constitución del año X, que reforzó la centralización del poder en la figura de Napoleón.

Es decir, se redujo la influencia del Cuerpo Legislativo y Tribunado, y se otorgaron poderes dictatoriales al cónsul, que vio ampliadas sus facultades.

La política exterior de esta etapa viene marcada por su tendencia expansionista (Luisiana, Piamonte, Elba, Piombino, Parma, Holanda) e intervencionista (Alemania, Suiza). Esto hizo que entre las demás potencias cundiera la alarma, especialmente en Austria.

La reacción británica fue tal vez la más tajante: rompieron la paz de Amiens en mayo de 1803, enfrentándose así abiertamente a Napoleón. Este, a modo de respuesta, vendió la Luisiana a los EE.UU con el fin de financiar la invasión de las islas británicas. Sin embargo, los problemas en el continente y la derrota naval de Trafalgar impidieron que este proyecto se llevara a término.