Unidad 1. La crisis del Antiguo Régimen


DEFINICIONES UTILIZADAS EN EL PRIMER TEMA DE 4º DE ESO. EN ESTA UNIDAD DIDÁCTICA SE ABORDA LA EXPLICACIÓN DE LOS ASPECTOS POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN, ASÍ COMO LAS CAUSAS DE SU DESAPARICIÓN EN INGLATERRA.

Absolutismo: forma de gobierno propia de la Edad Moderna por la cual el rey ostentaba todo el poder: hacía las leyes, era el principio de toda justicia –aunque delegaba en tribunales-, era la máxima autoridad administrativa, decidía sobre los gastos, y los impuestos se recaudaban en su nombre. Su condición de soberano absoluto era justificada por las teorías que lo consideraban la encarnación del Estado, así como por la voluntad divina.

Antiguo Régimen: sistema político, económico y social que, partiendo de las estructuras medievales, terminó por configurarse durante la Edad Moderna. Entre sus características cabe destacar el poder absoluto de los monarcas, la desigualdad social basada en los estamentos, una economía predominantemente agraria y de subsistencia y un escaso crecimiento vegetativo de la población.

Bill of Rights (Declaración de Derechos): documento que, como consecuencia de la Revolución Gloriosa de 1688 en Inglaterra, recortaba los poderes del rey, garantizaba las elecciones libres y otorgaba amplios poderes al Parlamento.

Derechos civiles: libertades y prerrogativas sociales inherentes a los ciudadanos de los sistemas democráticos. Algunos de sus mayores exponentes se encuentran en las declaraciones de derechos aprobadas por los regímenes liberarles desde finales del siglo XVII y, especialmente, en el XVIII y el XIX.

Despotismo ilustrado: nombre que recibieron algunos regímenes políticos europeos de finales del siglo XVIII en los que se combinaba el mantenimiento del poder absoluto de los monarcas con una voluntad reformadora de la economía y la sociedad. Este último elemento tenía su principal manifestación en la presencia de ministros ilustrados en los gobiernos.

División de poderes: planteamiento político que defendía la separación de las atribuciones del Estado en distintas instituciones, de tal modo que unas sirvieran como contrapeso de las otras. Esta idea se popularizó en Europa con la publicación de “El Espíritu de las Leyes”, de Montesquieu. Sin embargo, hemos de buscar su origen en las teorías inglesas del XVII, y más en concreto en James Harrington y John Locke.

Estado: conjunto de instituciones políticas, jurídicas y administrativas que tienen jurisdicción sobre toda la población de un territorio limitado por fronteras. Surgió a comienzos de la Edad Moderna como consecuencia de la concentración de poderes en manos de los monarcas, y condujo a la formación del absolutismo a partir del siglo XVI.

Fisiocracia: doctrina económica del siglo XVIII que defendía la primacía de la actividad agraria y de la propiedad de la tierra sobre cualquier otra actividad económica. Su principal representante fue el francés François Quesnay.

Gremio: organizaciones que agrupaban a trabajadores de un mismo oficio con el fin de acordar los precios, salarios y cantidad de producción. Los artesanos se dividían según sus conocimiento en maestros, oficiales y aprendices.

Ilustración: movimiento intelectual que se originó en Francia durante el siglo XVIII. Sus principios ideológicos eran la confianza en la razón como fuente de conocimiento y en el progreso ilimitado del ser humano, el ideal reformista y el espíritu crítico. Uno de sus principales canales de difusión fue la Enciclopedia, dirigida por Diderot y D`Alambert.

Liberalismo: sistema filosófico, económico y político opuesto al despotismo y defensor de las libertades civiles. Constituyó la corriente en la que se fundamentan tanto el Estado de derecho como la democracia representativa y la división de poderes.

Motines de subsistencia: formas de conflictividad social típicas del Antiguo Régimen, pero que persistieron en algunos lugares de Europa hasta bien entrado el siglo XIX. Solían estar relacionados con el alza de los precios de los productos de primera necesidad.

Parlamentarismo: sistema de organización política basado en la existencia de una asamblea que asume el control política del gobierno y la función legislativa del mismo.

Privilegio: ventaja, gracia o prerrogativa especial de la que goza una persona. En el Antiguo Régimen había dos estamentos cuyos miembros tenían privilegios: la nobleza y el clero.

República: forma de organización del Estado en la que el cargo de jefe del Estado no es hereditario ni vitalicio, sino resultado de una elección directa o indirecta de los ciudadanos. La duración del mandatos presidencial, sus funciones y poderes vienen determinados por la Constitución.

Revolución: cambio rápido, profundo y, en ocasiones, violento en las instituciones políticas, económicas o sociales de un país.

Señorío: modelo de posesión de la tierra y del poder político en el sistema feudal. Había dos tipos de señoríos: los jurisdiccionales y los territoriales. Durante la Edad Moderna fueron desapareciendo progresivamente los primeros, pero permanecieron los de tipo territorial.

Explica el proceso de elaboración y aprobación de la Constitución de 1978, y sus características esenciales


NONAGÉSIMO SEXTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

Con el fin de elaborar un borrador de la nueva constitución, las Cortes salidas de las elecciones del 15 de junio de 1977 nombraron una ponencia de siete miembros que representaba a los distintos grupos parlamentarios. Formaban parte de ella tres miembros de la UCD (Miguel Herrero de Miñón, José Pedro Pérez Llorca y Gabriel Cisneros), un socialista (Gregorio Peces Barba), un comunista (Jordi Solé Tura), un nacionalista catalán (Miquel Roca Junyent) y un diputado de Alianza Popular (Manuel Fraga).

El proceso de elaboración, que duró un total de dieciséis meses, no fue sencillo. Mientras que la UCD y Alianza Popular querían un texto breve y con referencias a las declaraciones internacionales aceptadas por la ONU, el PSOE y el PCE querían que quedaran reflejados, con detalle, los derechos y libertades políticas y sociales del individuo. En su confección, también primo el deseo, por parte de todos, de redactar un texto suficientemente abierto para que pudiera adaptarse a la ideología de cualquier partido democrático que llegara a gobernar. De esta manera, se pretendía evitar episodios del pasado reciente de España en el que los cambios en el poder habían conducido a enmiendas, reformas e, incluso, a la elaboración de una nueva constitución.

Finalmente, el consenso entre las distintas fuerzas políticas permitió terminar los trabajos y presentar el texto definitivo en julio de 1978. Posteriormente, en una sesión conjunta, el Congreso de los Diputados y el Senado aprobaron la Constitución en el mes de octubre. El referéndum del 6 de diciembre fue el episodio definitivo para la aprobación de la nueva carta magna, que obtuvo un respaldo del 87.7% de los votantes. La Constitución fue refrendada por el Rey el 27 de diciembre, entrando en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El texto, formado por ciento sesenta y nueve artículos, recogía las características esenciales de las democracias occidentales. El articulado del Título Preliminar definía a España como un «Estado democrático de Derecho», y posteriormente se definía la forma política como una monarquía parlamentaria. En su artículo segundo se fundamentaba en la «indisoluble unidad de la Nación española», al tiempo que se reconocía el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran; aspecto concretado en el Título VIII. También se establecía la separación e independencia de los tres poderes fundamentales del Estado y se garantiza en sus distintos artículos los derechos humanos y las libertades.

ESTRUCTURA DEL VÍDEO:

  • 0:30. Las Cortes Constituyentes y la Ponencia Constitucional.
  • 1:54. La aprobación de la Constitución Española.
  • 2:34. La estructura de la Constitución Española.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia de España 2 – Editorial Anaya.
  2. Historia de España – Editorial Vicens Vives.
  3. Historia de España Contemporánea; José Luis Comellas – Rialp.

DIAPOSITIVAS DEL VÍDEO:

Unidad 1. La crisis del Antiguo Régimen y las revoluciones inglesas


DEFINICIONES UTILIZADAS EN EL PRIMER TEMA DE 1º DE BACHILLERATO. EN ESTA UNIDAD DIDÁCTICA SE ABORDA LA EXPLICACIÓN DE LOS ASPECTOS POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN, ASÍ COMO LAS CAUSAS DE SU DESAPARICIÓN EN INGLATERRA.

Absolutismo: forma de gobierno propia de la Edad Moderna por la cual el rey ostentaba todo el poder: hacía las leyes, era el principio de toda justicia –aunque delegaba en tribunales-, era la máxima autoridad administrativa, decidía sobre los gastos, y los impuestos se recaudaban en su nombre. Su condición de soberano absoluto era justificada por las teorías que lo consideraban la encarnación del Estado, así como por la voluntad divina.

Antiguo Régimen: sistema político, económico y social que, partiendo de las estructuras medievales, terminó por configurarse durante la Edad Moderna. Entre sus características cabe destacar el poder absoluto de los monarcas, la desigualdad social basada en los estamentos, una economía predominantemente agraria y de subsistencia y un escaso crecimiento vegetativo de la población.

Bill of Rights (Declaración de Derechos): documento que, como consecuencia de la Revolución Gloriosa de 1688 en Inglaterra, recortaba los poderes del rey, garantizaba las elecciones libres y otorgaba amplios poderes al Parlamento.

Derechos civiles: libertades y prerrogativas sociales inherentes a los ciudadanos de los sistemas democráticos. Algunos de sus mayores exponentes se encuentran en las declaraciones de derechos aprobadas por los regímenes liberarles desde finales del siglo XVII y, especialmente, en el XVIII y el XIX.

Despotismo ilustrado: nombre que recibieron algunos regímenes políticos europeos de finales del siglo XVIII en los que se combinaba el mantenimiento del poder absoluto de los monarcas con una voluntad reformadora de la economía y la sociedad. Este último elemento tenía su principal manifestación en la presencia de ministros ilustrados en los gobiernos.

División de poderes: planteamiento político que defendía la separación de las atribuciones del Estado en distintas instituciones, de tal modo que unas sirvieran como contrapeso de las otras. Esta idea se popularizó en Europa con la publicación de “El Espíritu de las Leyes”, de Montesquieu. Sin embargo, hemos de buscar su origen en las teorías inglesas del XVII, y más en concreto en James Harrington y John Locke.

Estado: conjunto de instituciones políticas, jurídicas y administrativas que tienen jurisdicción sobre toda la población de un territorio limitado por fronteras. Surgió a comienzos de la Edad Moderna como consecuencia de la concentración de poderes en manos de los monarcas, y condujo a la formación del absolutismo a partir del siglo XVI.

Fisiocracia: doctrina económica del siglo XVIII que defendía la primacía de la actividad agraria y de la propiedad de la tierra sobre cualquier otra actividad económica. Su principal representante fue el francés François Quesnay.

Gremio: organizaciones que agrupaban a trabajadores de un mismo oficio con el fin de acordar los precios, salarios y cantidad de producción. Los artesanos se dividían según sus conocimiento en maestros, oficiales y aprendices.

Ilustración: movimiento intelectual que se originó en Francia durante el siglo XVIII. Sus principios ideológicos eran la confianza en la razón como fuente de conocimiento y en el progreso ilimitado del ser humano, el ideal reformista y el espíritu crítico. Uno de sus principales canales de difusión fue la Enciclopedia, dirigida por Diderot y D`Alambert.

Liberalismo: sistema filosófico, económico y político opuesto al despotismo y defensor de las libertades civiles. Constituyó la corriente en la que se fundamentan tanto el Estado de derecho como la democracia representativa y la división de poderes.

Motines de subsistencia: formas de conflictividad social típicas del Antiguo Régimen, pero que persistieron en algunos lugares de Europa hasta bien entrado el siglo XIX. Solían estar relacionados con el alza de los precios de los productos de primera necesidad.

Parlamentarismo: sistema de organización política basado en la existencia de una asamblea que asume el control política del gobierno y la función legislativa del mismo.

Privilegio: ventaja, gracia o prerrogativa especial de la que goza una persona. En el Antiguo Régimen había dos estamentos cuyos miembros tenían privilegios: la nobleza y el clero.

República: forma de organización del Estado en la que el cargo de jefe del Estado no es hereditario ni vitalicio, sino resultado de una elección directa o indirecta de los ciudadanos. La duración del mandatos presidencial, sus funciones y poderes vienen determinados por la Constitución.

Revolución: cambio rápido, profundo y, en ocasiones, violento en las instituciones políticas, económicas o sociales de un país.

Señorío: modelo de posesión de la tierra y del poder político en el sistema feudal. Había dos tipos de señoríos: los jurisdiccionales y los territoriales. Durante la Edad Moderna fueron desapareciendo progresivamente los primeros, pero permanecieron los de tipo territorial.