Unidad 1. La crisis del Antiguo Régimen y las revoluciones inglesas


DEFINICIONES UTILIZADAS EN EL PRIMER TEMA DE 1º DE BACHILLERATO. EN ESTA UNIDAD DIDÁCTICA SE ABORDA LA EXPLICACIÓN DE LOS ASPECTOS POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN, ASÍ COMO LAS CAUSAS DE SU DESAPARICIÓN EN INGLATERRA.

Absolutismo: forma de gobierno propia de la Edad Moderna por la cual el rey ostentaba todo el poder: hacía las leyes, era el principio de toda justicia –aunque delegaba en tribunales-, era la máxima autoridad administrativa, decidía sobre los gastos, y los impuestos se recaudaban en su nombre. Su condición de soberano absoluto era justificada por las teorías que lo consideraban la encarnación del Estado, así como por la voluntad divina.

Antiguo Régimen: sistema político, económico y social que, partiendo de las estructuras medievales, terminó por configurarse durante la Edad Moderna. Entre sus características cabe destacar el poder absoluto de los monarcas, la desigualdad social basada en los estamentos, una economía predominantemente agraria y de subsistencia y un escaso crecimiento vegetativo de la población.

Bill of Rights (Declaración de Derechos): documento que, como consecuencia de la Revolución Gloriosa de 1688 en Inglaterra, recortaba los poderes del rey, garantizaba las elecciones libres y otorgaba amplios poderes al Parlamento.

Derechos civiles: libertades y prerrogativas sociales inherentes a los ciudadanos de los sistemas democráticos. Algunos de sus mayores exponentes se encuentran en las declaraciones de derechos aprobadas por los regímenes liberarles desde finales del siglo XVII y, especialmente, en el XVIII y el XIX.

Despotismo ilustrado: nombre que recibieron algunos regímenes políticos europeos de finales del siglo XVIII en los que se combinaba el mantenimiento del poder absoluto de los monarcas con una voluntad reformadora de la economía y la sociedad. Este último elemento tenía su principal manifestación en la presencia de ministros ilustrados en los gobiernos.

División de poderes: planteamiento político que defendía la separación de las atribuciones del Estado en distintas instituciones, de tal modo que unas sirvieran como contrapeso de las otras. Esta idea se popularizó en Europa con la publicación de “El Espíritu de las Leyes”, de Montesquieu. Sin embargo, hemos de buscar su origen en las teorías inglesas del XVII, y más en concreto en James Harrington y John Locke.

Estado: conjunto de instituciones políticas, jurídicas y administrativas que tienen jurisdicción sobre toda la población de un territorio limitado por fronteras. Surgió a comienzos de la Edad Moderna como consecuencia de la concentración de poderes en manos de los monarcas, y condujo a la formación del absolutismo a partir del siglo XVI.

Fisiocracia: doctrina económica del siglo XVIII que defendía la primacía de la actividad agraria y de la propiedad de la tierra sobre cualquier otra actividad económica. Su principal representante fue el francés François Quesnay.

Gremio: organizaciones que agrupaban a trabajadores de un mismo oficio con el fin de acordar los precios, salarios y cantidad de producción. Los artesanos se dividían según sus conocimiento en maestros, oficiales y aprendices.

Ilustración: movimiento intelectual que se originó en Francia durante el siglo XVIII. Sus principios ideológicos eran la confianza en la razón como fuente de conocimiento y en el progreso ilimitado del ser humano, el ideal reformista y el espíritu crítico. Uno de sus principales canales de difusión fue la Enciclopedia, dirigida por Diderot y D`Alambert.

Liberalismo: sistema filosófico, económico y político opuesto al despotismo y defensor de las libertades civiles. Constituyó la corriente en la que se fundamentan tanto el Estado de derecho como la democracia representativa y la división de poderes.

Motines de subsistencia: formas de conflictividad social típicas del Antiguo Régimen, pero que persistieron en algunos lugares de Europa hasta bien entrado el siglo XIX. Solían estar relacionados con el alza de los precios de los productos de primera necesidad.

Parlamentarismo: sistema de organización política basado en la existencia de una asamblea que asume el control política del gobierno y la función legislativa del mismo.

Privilegio: ventaja, gracia o prerrogativa especial de la que goza una persona. En el Antiguo Régimen había dos estamentos cuyos miembros tenían privilegios: la nobleza y el clero.

República: forma de organización del Estado en la que el cargo de jefe del Estado no es hereditario ni vitalicio, sino resultado de una elección directa o indirecta de los ciudadanos. La duración del mandatos presidencial, sus funciones y poderes vienen determinados por la Constitución.

Revolución: cambio rápido, profundo y, en ocasiones, violento en las instituciones políticas, económicas o sociales de un país.

Señorío: modelo de posesión de la tierra y del poder político en el sistema feudal. Había dos tipos de señoríos: los jurisdiccionales y los territoriales. Durante la Edad Moderna fueron desapareciendo progresivamente los primeros, pero permanecieron los de tipo territorial.

Explica el origen y características del régimen señorial y la sociedad estamental en el ámbito cristiano


DECIMOSEXTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

Aunque existe una estrecha relación entre el feudalismo y la estructura social de la Edad Media, se analizaran ambas cuestiones por separado. En primer lugar, se presentará, a grandes rasgos, el origen y evolución del régimen señorial en los reinos cristianos peninsulares. Y, en segundo término, se procederá a analizar, de manera sucinta, la base ideológica de la sociedad estamental, así como los principales rasgos de cada uno de los tres grupos que la conformaban.

La feudalización de la sociedad cristiana peninsular fue un proceso que comenzó en los siglos IX y X, si bien no terminó de configurarse hasta el XI y XII. A pesar de la variedad de situaciones, este proceso presentó una serie de rasgos comunes en todos los territorios:

  • Erosión del poder monárquico; el rey no disponía de los instrumentos necesarios para ofrecer seguridad y justicia en todos sus dominios.
  • Fortalecimiento, por tanto, de la nobleza -tanto laica como eclesiástica-, que fue consolidando las concesiones reales hasta lograr que pasaran a ser hereditarias.
  • Ausencia de un poder centralizado del Estado sustentado en una fuerza coercitiva o ejército propio, así como de un código legal público y único.

Ahora bien, a partir del siglo XIII los reyes, apoyándose en las élites urbanas, comenzaron a recuperar poder a costa de la nobleza y el clero. De esta forma el gobierno central se fue reforzando progresivamente hasta la configuración, a finales del siglo XV, del Estado Moderno.

En lo que se refiere a la sociedad estamental, es necesario indicar que su origen se encuentra en la corriente de pensamiento altomedieval que conocemos con el nombre de “agustinismo político”. Este modelo, que se mantuvo en Europa hasta la desaparición del Antiguo Régimen (siglos XVIII y XIX), establecía una división social en tres estamentos: nobleza, clero y estado llano. Los dos primeros grupos contaban con privilegios de tipo fiscal, jurídico y social. Por su parte, el tercero, aunque estaba formado por la inmensa mayoría de la población, carecía de ellos.

La aparición de la sociedad de clases


Los cambios originados por la revolución industrial se sumaron a las transformaciones políticas ocasionadas por las revoluciones atlánticas durante las últimas décadas del siglo XVIII. Todas ellas provocaron la disolución de la sociedad del Antiguo Régimen, basada en la división estamental, y el nacimiento de la sociedad de clases.

En la sociedad de clases las personas se diferenciaban por el lugar que ocupaban en el proceso productivo y no por su nacimiento o el origen de su familia.

En esta nueva sociedad la nobleza fue perdiendo influencia, aunque siguió manteniendo cierto poder político y social. Estableció una alianza estratégica con la emergente burguesía (prestigio social a cambio de dinero) y mantuvo el predominio en determinados ámbitos del aparato del Estado, como la diplomacia, la Administración y el Ejército. Sus valores, gustos y aficiones siguieron gozando de gran prestigio e influencia.

Los campesinos también se vieron afectados por la desaparición del Antiguo Régimen, puesto que dejaron de estar bajo la protección de los señores y propietarios de las tierras para convertirse en jornaleros. Además, las condiciones de vida en el mundo rural eran duras y se produjeron hambrunas a causa de las malas cosechas de las últimas décadas del siglo XVIII.

En definitiva, los trastornos originados por la introducción de mejoras técnicas, así como los cambios en el régimen de propiedad, dejaron sin posibilidad de sustento a un número considerable de campesinos, que se vieron obligados a emigrar a las ciudades.

Ahora bien, los grupos sociales más característicos de esta nueva sociedad de clases fueron los burgueses y los obreros.

La burguesía

Al implicarse en el proceso de industrialización y, en consecuencia, acumular capitales y multiplicar sus inversiones, se convirtieron en la clase más relevante. Este enriquecimiento les sirvió como punto de apoyo para ascender a la cúspide del poder político y de las principales instituciones sociales y culturales.

Políticamente evolucionaron desde posiciones revolucionarias a ideas más conservadoras próximas a la nobleza. Su prestigio y costumbres se fundamentaban en la familia, el patrimonio y los negocios. Sus principales valores eran la educación, el mérito, el trabajo y el ahorro.

La clase obrera

Este grupo social, conocido también como proletariado, se desarrolló en Gran Bretaña y en el resto de Europa de forma paralela a la industrialización. Estaba formado por los trabajadores de las ciudades que solamente poseían el salario que les proporcionaba el empresario a cambio del trabajo realizado. Sus condiciones de vida fueron pésimas durante todo el siglo XIX.

Caricaturas de la sociedad estamental


El estudio de la historia se puede abordar desde varias perspectivas. Una de ellas, como quedó patente en la entrada dedicada al retrato de Luis XIV de Hyacinthe Rigaud, es la iconografía. De igual manera que para comprender la política observábamos los símbolos del poder, para repasar la sociedad estamental vamos a fijarnos en las caricaturas.

A continuación se muestran tres imágenes en las que puede verse un representante de cada estamento: nobleza, clero y estado llano o tercer estado. Todos estos dibujos satíricos se basan en la misma idea: los no privilegiados cargan con los privilegiados. Es decir, según los autores de las caricaturas, la sociedad de la época hunde sus raíces en una situación injusta. Visiones como esta, así como la proliferación de este tipo de propaganda, resultarán fundamentales para la desaparición de los estamentos a finales del siglo XVIII y principios del XIX.

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La sociedad estamental


Antes de iniciar nuestro repaso a la Historia del Mundo Contemporáneo, es importante conocer de dónde partimos. Por ese motivo se dedican tres vídeos al Antiguo Régimen, el sistema político, económico y social que se desarrolló durante buena parte de la Edad Moderna. Este vídeo está dedicado a la sociedad estamental, y su información se complementa con uno dedicado a la monarquía absoluta y otro a la economía pre-industrial.

Los judíos, el estado-nación y el nacimiento del antisemitismo II

La clase media baja, o pequeña burguesía, estaba constituida por los descendientes de los gremios de artesanos y de comerciantes que durante siglos habías estado protegidos contra los azares de la vida por un sistema cerrado que prohibía la competencia y que en última instancia se hallaba bajo la protección del estado. En consecuencia, culparon de su infortunio al sistema de Manchester, que les había expuesto a las asperezas de una sociedad competitiva y privado de toda protección especial y de los privilegios otorgados por las autoridades públicas. Fueron, por eso, los primeros en clamar por el «estado benefactor», del que esperaban no sólo que les protegiera contra la adversidad, sino que les mantuviera en las profesiones y oficios que habían heredado de sus familias. Y dado que el acceso de los judíos a todas las profesiones fue una característica destacada del siglo de la libertad de comercio, era casi corriente considerar a los judíos como «representantes del sistema de Manchester aplicado hasta sus últimos extremos», aunque nada distaba tanto de la verdad.

Hannah Arendt, Los orígenes del totalitarismo, p. 105.

El proyecto liberal español

Esta entrada forma parte de un conjunto de artículos sobre la España de Fernando VII. Para leer los restantes textos dedicados a esta cuestión, haz clic aquí.


La consulta al país

Una vez asentado su poder, la Junta Suprema decidió convocar unas Cortes. Pero antes, con el fin de conocer los problemas que padecía la nación y las reformas que necesitaba, se decidió realizar una “consulta al país”. Esta fue encargada a una Comisión de Cortes, cuyo presidente fue Jovellanos.

Las conclusiones más importantes extraídas de la consulta fueron las siguientes:
  • Descontento generalizado con el absolutismo; no se critica al Antiguo Régimen como sistema, sino sus excesos.
  • Crítica a los privilegiados y al exceso de privilegios, se ve la necesidad de establecer un sistema de igualdad social basado en la meritocracia.
  • Cuestiones económicas; enorme pobreza del país, deuda pública y crisis de la Hacienda, necesidad de reformar el sistema de propiedad salvando los obstáculo feudales.
  • Cuestiones administrativas; crítica al régimen señorial y al poder de las instituciones eclesiásticas. Se vio necesario un proceso desamortizador y que el Estado tomase las riendas de todos los instrumentos de la administración.

Después de esto, las trece Juntas Provinciales se erigieron en gobierno y convocaron unas Cortes para junio de 1809. Podemos distinguir dos corrientes en torno a esta convocatoria: la mayoría defendía que fuera de tipo representativa, mientras que una minoría prefería que fueran de tipo tradicional o estamental –tres órdenes, sin carácter legislativo, y sometidas al rey.

Finalmente se convocaron Cortes Estamentales para noviembre de 1810. No obstante, las Cortes acabaron autoconvocándose, y lo hicieron de forma representativa. Esto fue consecuencia del vacío de poder generado por los conflictos entre la Junta Central y las Juntas Provinciales, que acabaron por ceder el poder a la Regencia. A su vez, la inestabilidad de esta permitió que las Cortes actuasen a sus anchas.

Tarea política

Las Cortes estuvieron compuestas por 308 diputados, de entre los cuales un tercio eran clérigos –mayoritariamente urbanos- y otro tercio hidalgos. El resto de los procuradores pertenecía a la burguesía ilustrada, al grupo de profesiones liberales, o eran altos funcionarios del Estado. Ideológicamente predominaba el pensamiento liberal, bien de tipo radical o moderado; mientras que los absolutistas, a pesar de ser muy beligerantes, estaban en minoría.

En la primera reunión se autodefinieron como Cortes representativas y constituyentes convocadas por convención. Con esto querían dejar claro que estaban allí como representantes del pueblo y que, por ello, no reconocían ninguna autoridad superior. Además, establecieron un régimen parlamentario, por el cual la primera y última iniciativa le correspondía al parlamento.

Declararon la soberanía nacional y procedieron a la construcción del nuevo Estado liberal basado en los siguientes postulados:
  • Construcción del Estado como realidad jurídico-política bien definida. Para ello se procede a la abolición del absolutismo monárquico, y se establecen los límites territoriales de la nación.- Separación tripartita del poder: la capacidad normativa reside en el legislativo; al ejecutivo le corresponde llevar a la práctica lo legislado; y las armas coercitivas son patrimonio del poder judicial. Este esquema se reproduce además a nivel provincial y local.
  • Creación de un órgano de justicia independiente con un cuerpo de funcionarios profesionalizado. Este ha de basarse en la igualdad ante la ley, por lo que es necesario abolir los privilegios y las estructuras jurídicas forales. La fuente de la justicia deja de ser Dios para pasar a ser el legislativo, por cuyas leyes se rige todo el país.

Tarea social

Las nuevas Cortes también emprendieron la tarea de transformar la sociedad. Mediante el desmantelamiento de sus bases jurídicas, económicas y políticas, se procedió a la abolición de la sociedad estamental. Se trataba, pues, de imponer la sociedad de clases. El primer paso para esto fue la abolición del régimen señorial con sus relaciones de dependencia y vinculación a un señorío. Por un decreto de agosto de 1811 se estableció que:

  • Los derechos territoriales permanecen en el señor, pero no como propiedad imperfecta, sino como perfecta o capitalista.
  • Los derechos jurisdiccionales pasaron a la nación, titular de la soberanía.
  • Los privilegios y monopolios, previa indemnización, también pararon a la nación.

Como consecuencia de estas medidas cabe destacar la eliminación jurídica y política del régimen señorial; lo que supuso también el fortalecimiento económico de los señores. Dentro de estas reformas, también se procedió a la abolición de los gremios y del mayorazgo.

Modelos de sociedad

A continuación enumeraremos las principales característica de ambos modelos de sociedad. Iniciaremos este repaso con la estamental:

  • Jerarquizada; se ordena de arriba abajo.
  • Sacralizada; recibe su legitimidad de Dios.
  • Cada estamento se ordena por funciones preestablecidas.
  • Articulada por el privilegio.
  • Basada en el linaje y la sumisión (vasallaje).
  • Cerrada; ausencia de dinamismo.
  • Endogámica; cada estamento se alimenta con sus propios miembros.
  • Pensada para un mundo rural y agrario.

Características de la sociedad de clases:

  • Individualista; el sujeto social es el individuo, no los colectivos o estamentos.
  • Hablamos de ciudadanos, no de súbditos.
  • Se construye de abajo a arriba.
  • Sociedad securalizada; no se basa en argumentos divinos.
  • Organizada en función de la capacidad, no en la función.
  • Se basa en la igualdad de derechos y deberes.
  • Se tiene en cuenta la riqueza, no el linaje.

A los rasgos enunciados sobre la sociedad de clases, hemos de añadir tres principios básicos sobre los cuales se sustenta este sistema:

  • Libertad; ruptura de las vinculaciones laborales, comerciales, jurisdiccionales. La nación y el individuo ganan en autonomía.
  • Igualdad; en oposición al privilegio e igualdad ante la ley.
  • Propiedad; elemento básico del nuevo sistema económico y fundamental para estructurar la sociedad y los derechos políticos.

Transformaciones económicas

Abordamos ahora el cambio del sistema económico que, desde la perspectiva del materialismo histórico, fue la clave del proceso revolucionario. El primer factor necesario para transformar la economía era la propiedad de la tierra; esto se llevó a cabo a través del procedimiento de reforma agraria.

Mediante esa fórmula no se procedió tanto a la redistribución de la tierra como a la adecuación de la propiedad a las tesis del liberalismo. En este sentido, era necesario cambiar su naturaleza, titularidad, uso y estructura. Analicemos con más detenimiento estos cuatro aspectos:

  • Naturaleza de la propiedad; la propiedad tardofeudal era imperfecta en tanto que estaba sometida a múltiples derechos –ius ultimum, ius eminens, ius utile, derechos de monopolio…- perfectamente compatibles entres sí. Con la reforma agraria la propiedad pasa a ser perfecta en tanto que se convierte en única y absoluta.
  • Titularidad de la propiedad de la tierra; la propiedad tardofeudal era de carácter estamental y, en cierto modo, colectiva. El titular era el poseedor, no el individuo; el señorío, no el señor; el beneficio eclesiástico, no el clérigo; el concejo, no el alcalde… La tierra no podía desvincularse del estamento y de sus funciones. Con la reforma agraria, previo proceso de desvinculación, la propiedad pasó a ser individual o personal.
  • Uso de la propiedad de la tierra; como consecuencia de la naturaleza y titularidad de la propiedad, el uso en época tardofeudal estaba vinculado a las funciones del estamento (cargado de obligaciones y servidumbres). El nuevo sistema económico exigía que el uso fuera libre, tanto en lo relativo al tipo de cultivo como en lo relacionado con el arrendamiento.
  • Estructura de la propiedad de la tierra; tradicionalmente predominaba el minifundio exagerado en la cornisa cantábrica, moderado en la Meseta, y el latifundio en la zona meridional. Esta estructura se mantuvo tras la reforma, pero las transformaciones anteriores facilitaron los intercambios de tierra

Entre los aspectos económicos en transformación hemos de destacar también el trabajo. En época tardofeudal este estaba al servicio del estamento, el señorío, la comunidad o el gremio. Con la legislación gaditana se liberalizó tanto su titularidad como su uso y su naturaleza. Esto afectó también a los precios y a la producción, lo que abrió las puertas a la libre competencia.

El crédito estaba poco desarrollado en el Antiguo Régimen. Se basaba en los censos consignativos, los pósitos y las arcas de misericordia; sistemas incapaces de satisfacer la demanda de la burguesía. Se hacía necesario crear instituciones que aportasen créditos a las fuerzas económicas. El sistema de crédito no acabó de desarrollarse hasta 1856, año en el que se establecieron los bancos. Sin embargo, a pesar de su aparente fracaso, la obra legislativa de Cádiz puso las primeras piedras para que esto fuera posible.

La creación de un auténtico mercado nacional fue otro de los grandes objetivos de las Cortes gaditanas. La libre circulación de bienes hacía imprescindible la supresión de los circuitos cerrados, tasas, aduanas, peajes… Para ello resultaba necesaria la homologación de precios. Medida que, sin duda, facilitó al desarrollo de la especialización regional. Esto, a su vez, ayudó a solucionar las crisis de subsistencia de tipo local.

En Cádiz también se abordó la cuestión hacendística. Se abolieron los viejos principios e inmunidades, bien fuesen de tipo estamental o territorial. La exención de los privilegiados debía desaparecer, pero también la de determinadas localidades o regiones del país. Todos por igual debían contribuir en el mantenimiento del edificio estatal. De esta manera, se homogeneizó el sistema fiscal; el impuesto debía ser único, universal, proporcional y directo.

Bibliografía:

[1] Historia Contemporánea de España II; Javier Paredes (Coord.) – Madrid – Ariel – 2005.

[2] Historia Contemporánea de España II; José Luis Comellas – Madrid – Rialp – 1986.

[3] Historia de España; José Luis Martín, Carlos Martínez Shaw, Javier Tusell – Madrid – Taurus – 1998.

[4] Las Cortes de Cádiz; Federico Suárez Verdeguer – Madrid – Rialp – 1982.