Quizlet para 2º de ESO


En 2013 comencé a utilizar Quizlet, si bien por aquel entonces lo hacía para repasar vocabulario en inglés. Realmente fue al año siguiente cuando, descubierto su potencial, decidí llevarlo a mis asignaturas y, más en concreto, a las Ciencias Sociales de 2º de ESO.

Si bien corregido por mí, el cuestionario dividido en unidades que presento a continuación es fruto del trabajo de mis alumnos. Un ejercicio muy interesante, tanto desde el punto de vista del repaso, como de la competencia lingüística. Pues, aunque los docentes solemos pensar lo contrario, les resulta complicado plantear preguntas con pleno sentido gramatical a determinas respuestas.

Los orígenes de la Edad Media
La Europa feudal
La Europa del gótico
La península ibérica entre los siglos VIII y XI
La expansión de los reinos cristianos
El final de la Edad Media en la península Ibérica
Los orígenes de la Edad Moderna
Renacimiento y Reforma
La Monarquía Hispánica

Quizlet para las clases de Historia de 2º de ESO


En 2013 comencé a utilizar Quizlet, si bien por aquel entonces lo hacía para repasar vocabulario en inglés. Realmente fue al año siguiente cuando, descubierto su potencial, decidí llevarlo a mis asignaturas y, más en concreto, a las Ciencias Sociales de 2º de ESO.

Si bien corregido por mí, el cuestionario dividido en unidades que presento a continuación es fruto del trabajo de mis alumnos. Un ejercicio muy interesante, tanto desde el punto de vista del repaso, como de la competencia lingüística. Pues, aunque los docentes solemos pensar lo contrario, les resulta complicado plantear preguntas con pleno sentido gramatical a determinas respuestas.

Los orígenes de la Edad Media
La Europa feudal
La Europa del gótico
La península ibérica entre los siglos VIII y XI
La expansión de los reinos cristianos
El final de la Edad Media en la península Ibérica
Los orígenes de la Edad Moderna
Renacimiento y Reforma
La Monarquía Hispánica

Unidad 1. La crisis del Antiguo Régimen y las revoluciones inglesas


DEFINICIONES UTILIZADAS EN EL PRIMER TEMA DE 1º DE BACHILLERATO. EN ESTA UNIDAD DIDÁCTICA SE ABORDA LA EXPLICACIÓN DE LOS ASPECTOS POLÍTICOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN, ASÍ COMO LAS CAUSAS DE SU DESAPARICIÓN EN INGLATERRA.

Absolutismo: forma de gobierno propia de la Edad Moderna por la cual el rey ostentaba todo el poder: hacía las leyes, era el principio de toda justicia –aunque delegaba en tribunales-, era la máxima autoridad administrativa, decidía sobre los gastos, y los impuestos se recaudaban en su nombre. Su condición de soberano absoluto era justificada por las teorías que lo consideraban la encarnación del Estado, así como por la voluntad divina.

Antiguo Régimen: sistema político, económico y social que, partiendo de las estructuras medievales, terminó por configurarse durante la Edad Moderna. Entre sus características cabe destacar el poder absoluto de los monarcas, la desigualdad social basada en los estamentos, una economía predominantemente agraria y de subsistencia y un escaso crecimiento vegetativo de la población.

Bill of Rights (Declaración de Derechos): documento que, como consecuencia de la Revolución Gloriosa de 1688 en Inglaterra, recortaba los poderes del rey, garantizaba las elecciones libres y otorgaba amplios poderes al Parlamento.

Derechos civiles: libertades y prerrogativas sociales inherentes a los ciudadanos de los sistemas democráticos. Algunos de sus mayores exponentes se encuentran en las declaraciones de derechos aprobadas por los regímenes liberarles desde finales del siglo XVII y, especialmente, en el XVIII y el XIX.

Despotismo ilustrado: nombre que recibieron algunos regímenes políticos europeos de finales del siglo XVIII en los que se combinaba el mantenimiento del poder absoluto de los monarcas con una voluntad reformadora de la economía y la sociedad. Este último elemento tenía su principal manifestación en la presencia de ministros ilustrados en los gobiernos.

División de poderes: planteamiento político que defendía la separación de las atribuciones del Estado en distintas instituciones, de tal modo que unas sirvieran como contrapeso de las otras. Esta idea se popularizó en Europa con la publicación de “El Espíritu de las Leyes”, de Montesquieu. Sin embargo, hemos de buscar su origen en las teorías inglesas del XVII, y más en concreto en James Harrington y John Locke.

Estado: conjunto de instituciones políticas, jurídicas y administrativas que tienen jurisdicción sobre toda la población de un territorio limitado por fronteras. Surgió a comienzos de la Edad Moderna como consecuencia de la concentración de poderes en manos de los monarcas, y condujo a la formación del absolutismo a partir del siglo XVI.

Fisiocracia: doctrina económica del siglo XVIII que defendía la primacía de la actividad agraria y de la propiedad de la tierra sobre cualquier otra actividad económica. Su principal representante fue el francés François Quesnay.

Gremio: organizaciones que agrupaban a trabajadores de un mismo oficio con el fin de acordar los precios, salarios y cantidad de producción. Los artesanos se dividían según sus conocimiento en maestros, oficiales y aprendices.

Ilustración: movimiento intelectual que se originó en Francia durante el siglo XVIII. Sus principios ideológicos eran la confianza en la razón como fuente de conocimiento y en el progreso ilimitado del ser humano, el ideal reformista y el espíritu crítico. Uno de sus principales canales de difusión fue la Enciclopedia, dirigida por Diderot y D`Alambert.

Liberalismo: sistema filosófico, económico y político opuesto al despotismo y defensor de las libertades civiles. Constituyó la corriente en la que se fundamentan tanto el Estado de derecho como la democracia representativa y la división de poderes.

Motines de subsistencia: formas de conflictividad social típicas del Antiguo Régimen, pero que persistieron en algunos lugares de Europa hasta bien entrado el siglo XIX. Solían estar relacionados con el alza de los precios de los productos de primera necesidad.

Parlamentarismo: sistema de organización política basado en la existencia de una asamblea que asume el control política del gobierno y la función legislativa del mismo.

Privilegio: ventaja, gracia o prerrogativa especial de la que goza una persona. En el Antiguo Régimen había dos estamentos cuyos miembros tenían privilegios: la nobleza y el clero.

República: forma de organización del Estado en la que el cargo de jefe del Estado no es hereditario ni vitalicio, sino resultado de una elección directa o indirecta de los ciudadanos. La duración del mandatos presidencial, sus funciones y poderes vienen determinados por la Constitución.

Revolución: cambio rápido, profundo y, en ocasiones, violento en las instituciones políticas, económicas o sociales de un país.

Señorío: modelo de posesión de la tierra y del poder político en el sistema feudal. Había dos tipos de señoríos: los jurisdiccionales y los territoriales. Durante la Edad Moderna fueron desapareciendo progresivamente los primeros, pero permanecieron los de tipo territorial.

Comenta las ideas fundamentales de la Ilustración y define el concepto de despotismo ilustrado


TRIGÉSIMO SEGUNDO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

 La Ilustración fue una nueva corriente de pensamiento caracterizada por la utilización de la razón para la comprensión de la realidad. Careció de una teoría sistemática y sus ideas procedían de diversos autores: Locke, Montesquieu, Voltaire y Rousseau entre otros. De entre sus características, cabe destacar las siguientes: confianza en la razón, autonomía del poder político, fe en el progreso, tolerancia religiosa, interés por las actividades productivas y valoración de la educación para el logro de la felicidad.

Por su parte, la corriente política que conocemos como despotismo ilustrado trató conciliar el absolutismo monárquico con el espíritu reformador de la Ilustración. Esta teoría del poder, que se impuso en buena parte de Europa durante el siglo XVIII, se fundamentaba en tres principios. En primer lugar, supuso una reafirmación del poder absoluto de la Monarquía; es decir, no se pusieron en cuestión las bases del absolutismo de la centuria anterior. En segundo término, se planteó el ideal del “rey filósofo”, un monarca que, asistido por las minorías ilustradas, estaba en condiciones de impulsar reformas racionales necesarias para el conjunto de la sociedad con el fin de progresar y otorgar la felicidad al pueblo. El tercer elemento a destacar se refiere, precisamente, al pueblo. Este era considerado como objeto, nunca como sujeto de su propia historia, según la conocida expresión: «Todo para el pueblo pero sin el pueblo».

Especifica las causas del despegue económico de Cataluña en el siglo XVIII


TRIGÉSIMO PRIMER ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

 A lo largo del siglo XVIII, pesar las dificultades internas, Cataluña inició un proceso recuperación económica basado en un importante crecimiento demográfico, pues pasó de 400.000 habitantes en 1700 a 800.000 en 1800. A esto hemos de añadir un aumento considerable de la producción agrícola y una reactivación del comercio, especialmente tras la apertura, en 1778, de los mercados americanos. Este conjunto de transformaciones marcaron, en lo político y lo social, la crisis del Antiguo Régimen, al tiempo que hicieron posible la revolución industrial catalana durante la siguiente centuria. De hecho, se puede hablar de una tímida industrialización en el siglo XVIII, centrada especialmente en el algodón y otras ramas textiles.

Aunque desde 1680 había signos de recuperación, parece evidente que el nuevo régimen borbónico contribuyó notablemente a la recuperación y posterior expansión. Gracias a las reformas emprendidas por los Borbones, Cataluña se situó a la cabeza industrial de España, destacando en el campo de textil. Un claro ejemplo fue la fabricación de los estampados de algodón llamados “indianas”, que se comercializaron fundamentalmente con América. Con esto quedó patente lo beneficiosa que fue para su economía la libertad de comercio con los territorios del Nuevo Mundo decretada en 1778.

Explica la política industrial de la monarquía y las medidas adoptadas respecto al comercio con América


TRIGÉSIMO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

La preocupación por el fomento de la industria nacional fue una constante entre los gobernantes españoles del siglo XVIII. De entre ellos destacó la figura del ministro Pedro Rodríguez de Campomanes cuyas pensamiento económico quedó recogido, fundamentalmente en Discurso sobre el fomento de la industria popular (1774) y Discursos sobre la educación popular de los artesanos (1775). Tanto las obras de estos responsables políticos, como las medidas adoptadas durante sus mandatos, nos permiten hablar de un reformismo borbónico de corte económico en la primera centuria de gobierno de esa dinastía.

Desde una óptica esencialmente mercantilista, la preocupación a la que se ha hecho referencia, se fundamentaba en la creación de una industria nacional capaz de competir con los productos extranjeros. Esto, no solo era básico para mantener una balanza comercial favorable, sino que era condición sine qua non para asegurar el abastecimiento a todos los dominios españoles, tanto peninsulares como coloniales. En tal sentido, destaca la creación de las Reales Fábricas desde las primeras décadas del XVIII.

Ahora bien, fue sobre todo a partir de a mediados del siglo cuando se modificó la política con respecto a América, decidiendo incrementar la explotación colonial para aumentar su rentabilidad. La economía de aquellos territorios, basada hasta entonces en la producción agraria, se dinamizó con una fuerte actividad comercial tras la adopción de medidas como la creación de las Compañías de Comercio y con la recuperación de la minería.

Define qué fueron los Decretos de Nueva Planta y explica su importancia en la configuración del nuevo Estado borbónico


VIGÉSIMONOVENO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

Al finalizar la Guerra de Sucesión, uno de los principales objetivos de Felipe V fue reducir la complejidad legal e institucional de sus reinos. Con ese fin emprendió la uniformización de todos ellos utilizando Castilla como modelo, dando comienzo así la historia del Estado español como una unidad de carácter político-administrativo. una sola entidad a la manera de Castilla. En ese proceso, los Decretos de Nueva Planta fueron, sin lugar a dudas, el principal instrumento de la monarquía para llevar a cabo la reforma administrativa. Se aplicaron en Aragón y Valencia en 1707, en Mallorca en 1715 y en Cataluña en 1716.

Con el término “Nueva Planta de Gobierno” se expresaba la idea de una profunda reforma del gobierno y de la administración de los territorios de la Corona de Aragón según unos criterios similares en cada reino. Significaba la sustitución del pactismo de los Austrias por el absolutismo de los Borbones, así como la asimilación al modelo castellano.

En todos los territorios de la Corona de Aragón se eliminaron los Consejos de los respectivos reinos, al tiempo que se introdujeron las leyes de Castilla, sus tribunales, Chancillerías y Audiencias. Además, en lugar de contar con un virrey, la autoridad pasó a ser desempeñada por capitanes generales e intendentes. A esto hemos de añadir que los Decretos suprimían también las fronteras que separaban los reinos entre sí. Por último, se ha de destacar la conversión del castellano en la lengua oficial del reino y la unificación general del sistema de impuestos en los denominados “catastros”.

Detalla las características del nuevo orden europeo surgido de la Paz de Utrecht y el papel de España en él


VIGÉSIMOCTAVO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

En 1713 y 1714 se firmaron los tratados de Utrecht y Rasstadt, que pusieron fin a la Guerra de Sucesión y permitieron la instauración de una nueva dinastía en España, los Borbones. Estos acuerdos tuvieron una especial relevancia en la política internacional del siglo XVIII, pues establecieron un nuevo sistema de relaciones entre estados basado en la idea de equilibrio entre las distintas potencias.

Como consecuencia de esos acuerdos, España perdió sus posesiones en Flandes e Italia. El primero de estos territorios pasó a manos austriacas, mientras que las posesiones italianas se repartieron entre las casas de Saboya y Austria. A pesar de estas pérdidas, la delegación borbónica logró, no sin mucho esfuerzo, conservar íntegras las posesiones americanas.

Por su parte, el Reino Unido, con la adquisición de Gibraltar y Menorca, consolidaba su posición privilegiada en el mar gracias a su poderosa flota y al control de enclaves costeros de carácter estratégico. Además, los británicos lograron introducir sus productos en el mercado americano gracias a la concesión del navío de permiso y a su monopolio sobre el tráfico de esclavos de origen africano.

Las restantes potencias europeas, tal como se ha comentado anteriormente, aceptaron la política de equilibrio continental, que tendía a evitar el predominio de una de ellas sobre las demás.

Representa una línea del tiempo desde 1700 hasta 1788, situando en ella los principales acontecimientos históricos


VIGÉSIMOSÉPTIMO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

1700. Muerte de Carlos II.
1701. Inicio de la Guerra de Sucesión.
1704. Los ingleses toman Gibraltar.
1707. Batalla de Almansa.
1707. Decretos de Nueva Planta en Valencia.
1707. Decretos de Nueva Planta en Aragón.
1708. Los ingleses toman Menorca.
1713. Tratado de Utrecht.
1714. Fin de la Guerra de Sucesión.
1714. Paz de Rasstadt
1715. Decretos de Nueva Planta en Mallorca.
1716. Decretos de Nueva Planta en Cataluña.
1724. Inicio y fin del reinado de Luis I.
1733. Primer Pacto de Familia.
1734. Conquista del reino de Nápoles y Sicilia.
1743. Segundo Pacto de Familia.
1743. Guerra de Sucesión de Austria.
1746. Se inicia el reinado de Fernando VI.
1749. Catastro de Ensenada.
1759. Se inicia el reinado de Carlos III.
1761. Tercer Pacto de Familia.
1766. Motín de Esquilache.
1766. Gobierno del conde de Aranda.
1767. Expulsión de los jesuitas.
1776. Constitución del virreinato del Río de la Plata.
1777. Floridablanca es nombrado secretario de Estado.
1778. Decreto de libre comercio con América.
1782. Fundación del Banco Nacional de San Carlos.
1788. Se inicia el reinado de Carlos IV.

Explica las causas de la Guerra de Sucesión Española y la composición de los bandos en conflicto


VIGÉSIMOSEXTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

La muerte sin descendencia del rey Carlos II desencadenó un gran conflicto nacional -e internacional- en torno a los dos candidatos al trono español: el archiduque Carlos de Austria y Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV de Borbón. De acuerdo con el testamento del difunto monarca, este último debía ser proclamado rey de España. Ahora bien, tanto la casa de Austria como buena parte de la nobleza de la Corona de Aragón, así como las potencias que rivalizaban con Francia en el continente, no aceptaron de buen grado esta decisión.

De esta manera, en 1701 comenzaba la Guerra de Sucesión Española, un conflicto bélico que se iba a prolongar hasta 1713. Al margen de la cuestión dinástica, en este acontecimiento también entraron en pugna dos modelos de estado y de administración para los reinos peninsulares: el de los Austria, tradicionalmente pactista, que respetaba las instituciones forales de los reinos y su diversa legislación y fiscalidad; y el de los Borbones, que importaba el modelo francés absolutista, unificador y centralizador.

Si bien existieron importantes excepciones en ambos territorios, grosso modo puede afirmarse que Castilla apoyó a Felipe de Borbón, mientras que Aragón se decantó por el bando de los Austrias. Finalmente, tras más de una década de guerra y una serie de acontecimientos que afectaron a la diplomacia de las distintas potencias enfrentadas, en 1713 se firmaba la paz de Utrecht. Por medio de ella, bajo una serie de condiciones que debían aceptar los Borbones españoles -cabe destacar la renuncia al trono francés-, se reconocía a Felipe de Anjou (Felipe V) como rey de España; y, por tanto, se instauraba una nueva dinastía reinante en el país.