Detalla las fases del conflicto entre liberales y absolutistas durante el reinado de Fernando VII


TRIGÉSIMO QUINTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

En el reinado de Fernando VII cabe distinguir tres etapas: el Sexenio Absolutista (1814-1820), el Trienio Liberal (1820-1823) y la Década Ominosa (1823-1833). Cada una de ellas guarda relación con el régimen político imperante en el país, siendo clara manifestación de la lucha entre liberales y absolutistas que se vivía, no solo en España, sino en la Europa de la época.

Como su nombre indica, el Sexenio Absolutista inaugurado en 1814, estuvo marcado por la supresión de la obra liberal de Cádiz. Este proceso ha de relacionarse con el régimen de la Restauración, impuesto por las potencias europeas en el Congreso de Viena (1815) tras la derrota de Napoleón Bonaparte y la Francia revolucionaria.

Una vez finalizada la Guerra de Independencia y firmado el Tratado de Valençay (1813), Fernando VII regresó a España. Sin embargo, no aceptó las reformas liberales, sino que restauró el absolutismo y persiguió a quienes participaron en la obra legislativa de Cádiz. Como consecuencia de ello, se produjo el primer exilio de la España contemporánea, que afectó tanto a los afrancesados como a los liberales.

Ahora bien, entre 1814 y 1820 hubo hasta ocho pronunciamientos militares de corte liberal, de entre los cuales terminó por alcanzar su objetivo el protagonizado por Rafael del Riego. De esta manera, Fernando VII no tuvo más remedio que jurar la Constitución de 1812 y formar un gobierno integrado por destacados liberales. Además del texto constitucional, en esta etapa se recuperó también parte de la obra legislativa de Cádiz.

Esta breve experiencia liberal en España tocó a su fin en 1823 con la intervención de la Santa Alianza a través del ejército francés, los llamados Cien Mil Hijos de San Luis. Estos invadieron el país y, mediante la restauración de Fernando VII en su trono absoluto, pusieron fin al régimen surgido en 1820.

Los primeros años tras la vuelta al absolutismo fueron de una acentuada represión política. Se exiliaron en torno a veinte mil liberales, entre los que se encontraba lo más selecto de las clases medias ilustradas y liberales. Ahora bien, al final del reinado de Fernando VII los más absolutistas se organizaron en torno al hermano del rey, Carlos María Isidro, mientras que los liberales apoyaron a la regente María Cristina, esperando así la posibilidad de implantar el liberalismo en España.

ESTRUCTURA DEL VÍDEO:

  • 0:10. Liberalismo y absolutismo.
  • 0:45. El Sexenio Absolutista.
  • 1:34. El Trienio Liberal.
  • 2:06. La Década Ominosa.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia de España 2 – Editorial Anaya.
  2. Historia de España – Editorial Vicens Vives.
  3. Fernado VII, un rey deseado y detestado; Emilio Laparra – Tusquest.

DIAPOSITIVAS DEL VÍDEO:

Comenta las características esenciales de la Constitución de 1812


TRIGÉSIMO CUARTO ESTÁNDAR DEL TEMARIO QUE, DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN, PODRÁ SER OBJETO DE EXAMEN EN LA EBAU, ANTIGUA SELECTIVIDAD.

La revolución liberal que se inició durante la Guerra de la Independencia, contemplaba una convocatoria de cortes “generales y extraordinarias”. Finalmente estas se reunieron en Cádiz en 1810 y, tras año y medio de reuniones, promulgaron una constitución el 19 de marzo de 1812 (día de san José), por eso se le conoce como “La Pepa”.

Los diputados quisieron aunar la tradición española con el nuevo espíritu revolucionario liberal. De esta manera, los principios de la constitución vinieron a ser los siguientes:

  • Afirmación de la soberanía nacional: el poder residía en la nación.
  • División de poderes: el poder legislativo correspondía a las Cortes, de una única Cámara; el poder ejecutivo quedaba en manos del rey y del gobierno por él designado; y el poder judicial era independiente.
  • Elección de los representantes en las Cortes por sufragio universal masculino.
  • Reconocimiento de los derechos y libertades individuales, así como la igualdad ante la ley.

La constitución apenas pudo aplicarse debido al contexto de la guerra y a que, con la restauración absolutista de 1814, quedó abolió. Ahora bien, su espíritu y programa fueron una referencia durante la mayor parte del siglo XIX. A su vez, se convirtió en un mito para el liberalismo universal y modelo para las revoluciones burguesas en Europa.

ESTRUCTURA DEL VÍDEO:

  • 0:17. La convocatoria de Cortes Generales y Extraordinarias.
  • 0:44. Las características de la Constitución de Cádiz.
  • 1:29. La restauración absolutista.

BIBLIOGRAFÍA:

  1. Historia de España 2 – Editorial Anaya.
  2. Historia de España – Editorial Vicens Vives.
  3. Las Cortes de Cádiz; Isabel Enciso – Akal.

DIAPOSITIVAS DEL VÍDEO: