El reinado de Isabel la Católica


Isabel I, casada con Fernando de Aragón subió al trono en 1474, tras la muerte de Enrique IV. Sin embargo, nada más comenzar su reinado tuvo que hacer frente a una guerra civil contra su sobrina Juana, hija de Enrique IV, que se prolongó a lo largo de cuatro años (1475-1479). Este fue un conflicto que afectó a todo el reino castellano, ya por su extensión territorial como por su influencia en todos los estratos sociales –especialmente en la nobleza-; pero también a los reinos vecinos, ya que Portugal apoyo a Juana y Aragón a Isabel.

Tras unos comienzos favorables a la causa de Juana, el bando isabelino logró cambiar la situación de la guerra tras su victoria en la batalla de Toro (1476). Después de estos hechos la mayoría de los grandes nobles se adhirió a la causa de Isabel, lo que con el tiempo acabó facilitando la derrota de los portugueses; confirmada en los tratados de Alcaçovas. En virtud de estos acuerdos, además del reconocimiento portugués de Isabel como reina de Castilla, se concertaron varios compromisos matrimoniales entre ambos reinos. De esta manera, se inició en este reino una etapa de clara estabilidad que se prolongó hasta la muerte de la reina en 1504.

En lo que se refiere a la estructura del Estado, durante la etapa isabelina asistimos a un fortalecimiento de los mecanismos judiciales y administrativos. Las Cortes, a pesar de que se reunieron muy poco a lo largo de este reinado, tuvieron una gran importancia en los inicios del mismo, marcado por las reuniones de Madrigal (1476) y Toledo (1480). El Consejo Real, liberado del peso de los distintos bandos nobiliares, continuó siendo el principal órgano político del Estado, aunque funcionó de una manera más profesionalizada gracias a la reorganización administrativa llevada a cabo por las Cortes de 1480.

Por su parte, la centralización de la administración de justicia estuvo marcada por la reorganización y consolidación del sistema de Audiencias y Chancillerías, donde los pleitos eran divididos entre criminales y civiles antes de pasar a manos de los alcaldes y oidores.

La Hacienda siguió asentándose en los mismos impuestos que los reinados anteriores; hasta el punto de que, el creciente peso que en aquellos habían tenido las alcabalas, continuó aumentando. No obstante, la etapa isabelina también tuvo sus innovaciones fiscales, como fueron el sistema recaudatorio de encabezamiento, o la utilización de la Santa Hermandad para tal fin. Esta organización, fundada en 1476 con el fin de asegurar el orden público, adquirió, especialmente tras perder su carácter militar, funciones de recaudación fiscal.

Hemos de destacar dos factores fundamentales para entender la estabilidad reinante durante este periodo: los aciertos en política económica y el amplio apoyo social a los monarcas. En lo relativo a este último punto hemos de destacar que todos los grupos sociales se mostraron favorables a los reyes: la nobleza por la confirmación real de sus posesiones señoriales, la oligarquía urbana por el respeto de la Corona hacia sus privilegios, y las capas populares por la eficacia que mostraba el gobierno en las labores administrativas y judiciales. Además, a lo largo de buena parte de su mandato, los Reyes Católicos utilizaron en su favor un complejo, para esa época, aparato propagandístico, mediante el que supieron mostrar sus triunfos más de cerca de sus súbditos.

El régimen político castellano y el mito del autoritarismo


En el debate en torno al poder de la monarquía castellana podemos distinguir dos planteamientos que, de por sí, consideramos muy tradicionales y faltos de vigencia. Por un lado nos encontramos con la llamada postura “binaria”, según la cual la Edad Media española se caracterizó por su Corte feudovasallática y su pluralidad de poderes, mientras que la Edad Moderna lo destacó por su férreo absolutismo monárquico. Y por el otro estaría la postura “ternaria”, que considera los siglos XIV y XV como transición entre el equilibrio de poderes los típicamente altomedieval y el absolutismo monárquico del mundo Moderno.

Entre otras polémicas que rodean a la cuestión del régimen político se encuentran las siguientes:

  • ¿Hubo o no hubo Estado antes de la revolución liberal burguesa? Debate planteado entre los modernistas que, con el tiempo, se ha contagiado a los medievalistas que estudian el bajomedievo.
  • El debate de si hay que hablar de una conexión Estado-sociedad –es decir, ensamblar la construcción de este Estado centralizado dentro de unas necesidades de los poderes sociales- o de una monarquía centralizada que surge, al imponerse sobre los demás fuerzas sociales, como resultado de la acumulación de poderes.

La cuestión del autoritarismo castellano, tradicionalmente contrapuesto al pactismo aragonés, ha dejado tras de sí una larga estela de luchas entre los apologistas de este modelo y los que lo critican. Entre los indicadores de ese autoritarismo castellano cabe destacar que el rey no dependía del reino –no realizaba concesiones ni llegaba a acuerdos- a la hora de: reformar las instituciones, exigir impuestos, llevar a cabo la labor legislativa del reino… A esto hay que añadir la debilidad de las Cortes del reino, que poseían un escaso peso legislativo y fiscal, y la ausencia de representantes de las ciudades en los órganos de gobierno del reino.

No obstante todo lo anterior es muy matizable. En primer lugar, hay que tener en cuenta que, incluso en etapas de debilidad monárquica, el proceso de centralización –que no ha de confundirse con el autoritarismo- avanza. Por otro lado, es curioso ver como en el caso castellano se denominan etapas de anarquía e inestabilidad –bandos nobiliares, minorías, cierto poder de las Cortes, representantes urbanos en el Consejo Real- a aquellas que, en el modelo aragonés, son claras muestras de pactismo. Además, incluso en las etapas de mayor fortaleza real, las Cortes juegan, de forma intermitente, un papel importante. Por todo esto, hoy día, son cada vez más lo autores que prefieren no llamar autoritarista al sistema castellano; lo que conlleva, también, superar la comparación con el caso aragonés.

Entre los motores del poder regio castellano, que a lo largo de esta etapa se fue, a pesar de los argumentos anteriormente expuestos, fortaleciendo son:

  • La conquista de amplias extensiones, lo que favoreció el desarrollo del mundo urbano y concejil como contrapeso del nobiliar.
  • La relativa autonomía financiera, cuyas bases se pusieron en la fiscalidad del XIII, que sin duda se vio favorecida por el desarrollo concejil y por el eficaz sistema de alcabalas.
  • El acuerdo entre la monarquía y los principales poderes del reino para remodelar las estructuras del poder.